Desde febrero de 2025, las compañías que utilizan sistemas de IA tienen el deber legal de garantizar la alfabetización tecnológica de sus plantillas. Posteriormente, en agosto de ese mismo año, entró en vigor el marco normativo aplicable a los modelos de propósito general, el cual contempla multas de hasta quince millones de euros o el equivalente al 3% de la facturación mundial de la entidad. Adicionalmente, la legislación europea establece que las prácticas prohibidas (como la evaluación social, la manipulación encubierta o el uso de biometría sin autorización), acarrean las sanciones más elevadas, pudiendo llegar a 35 millones de euros o el 7% de los ingresos totales globales.
Un estudio realizado entre el 16 de abril y el 12 de mayo de 2026 por la consultora Entelgy entre 300 ejecutivos de compañías españolas con más de 250 empleados revela el estado actual de preparación del tejido corporativo. Los datos muestran que un 31,7% de los directivos reconoce no haber implementado medidas para ajustarse a la normativa. Por el contrario, entre el porcentaje mayoritario que ya ha iniciado el proceso de adaptación, las iniciativas más comunes abarcan la formación de los trabajadores en el uso responsable de estas tecnologías (adoptada por el 70,7% de este segmento), la designación de un responsable o comité de gobernanza (47,3%) y el desarrollo de políticas internas (33,7%).
En este contexto, las obligaciones de transparencia del Reglamento Europeo entrarán en vigor de forma ineludible el 2 de agosto de 2026. Estas regulaciones exigen, entre otras acciones, el marcado obligatorio de todo el contenido generado de forma sintética para los sistemas nuevos. Así mismo, establecen que los asistentes virtuales básicos deberán advertir explícitamente al usuario que se encuentra interactuando con una máquina, un requisito que será de obligado cumplimiento desde el primer día, independientemente de que el riesgo general de la herramienta informática sea calificado como mínimo.
Respecto a los aplicativos más críticos, las obligaciones para los sistemas de alto riesgo se pospondrán hasta diciembre de 2027. Esta moratoria depende de la próxima publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del documento conocido como Digital Ómnibus sobre IA. El cual ya ha superado los trámites correspondientes en el Consejo y el Parlamento Europeo. A pesar de este aplazamiento legal, los analistas de la consultora advierten que la necesidad de identificar y catalogar las herramientas corporativas sigue siendo una tarea urgente. Un error habitual en el sector es confiar exclusivamente en el contrato de privacidad del proveedor tecnológico, puesto que el nivel de riesgo se determina por el uso de la aplicación, no por la herramienta en sí misma. Utilizar un programa informático genérico para cribar candidatos en un proceso de recursos humanos, por ejemplo, clasifica automáticamente a dicho sistema en la categoría de alto riesgo.
Otra confusión frecuente en los consejos de administración es creer que resulta necesario esperar a la tramitación de la Ley Orgánica nacional para iniciar los protocolos de cumplimiento normativo. En realidad, la normativa europea es de aplicación directa bajo la supervisión de la Agencia Española de Supervisión de la IA, entidad conocida por sus siglas AESIA.
Alfredo Zurdo, Head of Digital Change en Entelgy señala: “Existe una falsa sensación de alivio en el mercado. El nuevo calendario no detiene las obligaciones de transparencia ni la urgencia de clasificar los sistemas de alto riesgo. Las empresas deben asimilar que el cumplimiento de la Ley de IA no se soluciona simplemente comprando software con licencias seguras. Se trata de un reto organizativo que exige criterio propio, políticas claras y una acción inmediata por parte de los comités de dirección».
El cumplimiento de este marco legislativo exige criterio propio, la redacción de directrices internas claras y la implicación inmediata de la alta dirección, subrayando que la mera compra de programas informáticos con licencias comerciales seguras no constituye una solución definitiva para acatar el reglamento.
