Desde el pasado 2 de agosto de 2025, el reglamento europeo para los proveedores de modelos de inteligencia artificial de uso general (GPAI) es de obligado cumplimiento, introduciendo un nuevo marco con el que la Unión Europea busca garantizar la transparencia, seguridad y responsabilidad en el sector. Para demostrar su conformidad con esta normativa, los proveedores pueden acogerse al Código de Buenas Prácticas, un instrumento voluntario elaborado por expertos independientes tras un proceso que involucró a múltiples partes interesadas y que contó con el respaldo de la Comisión Europea y la Junta de IA.
Con la vista puesta en agosto de 2026, fecha en la que entrará en vigor la ejecución forzosa de las normas de la Ley de IA, los firmantes de este código han constituido un grupo de trabajo con el objetivo de facilitar una aplicación coherente y unificada de dichas directrices. Este nuevo órgano, presidido por la Oficina Europea de IA, nace con la vocación de servir como punto de encuentro e intercambio para aquellas organizaciones que, habiendo suscrito el Código, decidan voluntariamente formar parte del grupo.
Según los datos disponibles, la mayoría de las entidades adscritas al Código de Buenas Prácticas ya han formalizado su ingreso como miembros de este grupo operativo, cuya función principal es la de fomentar el intercambio de puntos de vista entre los firmantes siempre que sea pertinente para la correcta implementación del texto normativo.
Entre las competencias atribuidas a este grupo de trabajo se encuentra su capacidad de aportar información sobre los documentos de orientación, sin que ello menoscabe las consultas públicas que la Oficina de IA está obligada a realizar, así como servir de marco para debatir sobre la evolución tecnológica del sector, recopilar conocimientos y proporcionar actualizaciones a terceros interesados. Se trata, en definitiva, de un espacio diseñado para buscar y analizar investigaciones, aportaciones de expertos independientes y pruebas actualizadas que sean relevantes para los compromisos o medidas estipulados en el Código.
Las reuniones de este grupo de trabajo tendrán una periodicidad mínima anual, y quién convocará estos encuentros será la Oficina de IA, bien por iniciativa propia o a petición de los miembros, actuando dicho organismo regulador como facilitador de los debates.
En un esfuerzo por mantener la claridad hacia la ciudadanía y el mercado, la Oficina de IA se ha comprometido a registrar cualquier reunión celebrada y a publicar un resumen de alto nivel, siempre respetando aquella información que pueda considerarse comercialmente confidencial. Como muestra de esta política de apertura, se ha publicado un vademécum del grupo que incluye el listado de participantes.
Esta iniciativa no carece de antecedentes en la regulación digital europea, puesto que la estructura y filosofía del Grupo de Trabajo de Firmantes tiene un precedente directo en el Grupo de Trabajo Permanente creado bajo el Código de Buenas Prácticas en materia de Desinformación, vinculado a la Ley de Servicios Digitales.



