En el marco de la investigación antimonopolio llevada a cabo por la Comisión Europea sobre la multinacional estadounidense Meta (la antigua Facebook), la autoridad europea ha ordenado a la firma norteamericana que restablezca el acceso gratuito a WhatsApp para los asistentes de IA de la competencia, es decir, que permita que los usuarios de su servicio de mensajería instantánea utilicen en dicho servicio otras IAs que no sean las de la misma compañía de Mark Zuckerberg.
La Comisión Europea argumenta que, desde al menos enero de 2023, Meta ha mantenido una posición dominante en el mercado del Espacio Económico Europeo en el segmento de las aplicaciones de comunicación para consumidores a través de WhatsApp, y que hasta mediados de 2025, las empresas que utilizaban la interfaz de programación de aplicaciones de la plataforma para conectar sus propios sistemas e interactuar con sus clientes, no tenían ninguna limitación para integrar asistentes de inteligencia artificial de terceros.
Pero el 15 de octubre del pasado año 2025, la firma introdujo una nueva política que prohibía el uso de asistentes de propósito general que no fueran los suyos en dicha interfaz, dejando así a su herramienta como la única accesible. Esta restricción de acceso a una infraestructura previamente abierta, motivó que la Comisión abriera una investigación antimonopolio en diciembre del mismo año 2025.
De esta manera, y en febrero de este mismo año 2026, la Comisión emitió un pliego de cargos en el que concluía, de manera preliminar, la necesidad de aplicar medidas cautelares ante el riesgo de dañar de gravemente la estructura competitiva del mercado en un momento clave para su desarrollo. Y pese a que el pasado 4 de marzo, la empresa publicó una revisión de su política para volver a admitir herramientas de terceros, impuso una tarifa que, en la práctica, equivalía a la prohibición anterior, una situación ante la cual las autoridades europeas emitieron un pliego de cargos suplementario en abril, manifestando su intención de forzar la restitución del servicio.
La decisión actual del organismo europeo, que emana de toda esta cadena de sucesos que he narrado, obliga a la compañía de Mark Zuckerberg a restablecer el acceso a su interfaz de programación comercial para todos los asistentes de inteligencia artificial en las mismas condiciones gratuitas que existían antes del bloqueo inicial. Meta dispone de un plazo de cinco días laborables para acatar estas medidas cautelares y deberá mantenerlas hasta que la Comisión adopte una resolución definitiva.
El incumplimiento de esta orden puede acarrear consecuencias económicas para la compañía, con multas de hasta el 10% del volumen de negocio total anual de la empresa en caso de que la empresa se niegue a cumplir con la orden, o lo haga de tal manera que se pueda considerar que, realmente, no lo ha hecho. Además, y para forzar el cumplimiento de la decisión, las autoridades pueden aplicar penalizaciones periódicas diarias de hasta el 5% de la facturación media diaria del ejercicio anterior.
Mientras tanto, la investigación sobre el fondo del asunto sigue su curso sin una fecha límite legal establecida para su conclusión, dependiendo su duración de factores como la complejidad del expediente, el ejercicio del derecho a la defensa y el grado de cooperación de las partes implicadas.



